¿Cómo sanciona la ley el hostigamiento laboral?

¿Cómo sanciona la ley el hostigamiento laboral?

El mobbing es un término en inglés empleado para referirse al acoso laboral u hostigamiento laboral, un fenómeno que aun no ha sido estudiado a profundidad, pero que se presenta en los lugares de trabajo cuando existe un comportamiento negativo entre superiores e inferiores jerárquicos de una organización laboral, a causa del cual la o el afectadoes sometido a conductas físicas o verbales amenazantes, intimidatorias, abusivas o acosantes, durante mucho tiempo de manera continua.



¿Qué ley protege a los trabajadores en relación al hostigamiento laboral?

La Ley Federal del Trabajo.

¿Qué se entiende por hostigamiento y por acoso sexual?

La ley diferencia de la siguiente forma a ambas conductas:

  1. El hostigamiento se presenta cuando existe un ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.
  2. El acoso sexual se da como una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

¿Puede ser una causa de recisión del contrato de trabajo el hostigamiento?

Sí, y la ley lo contempla de la siguiente manera:

  1. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador:
    1. Que el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes incurra, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento y/o acoso sexual, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos.
  2. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:
    1. Cometer el trabajador actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.

¿Qué prohíbe expresamente la ley en relación al hostigamiento?

La ley federal del trabajo expresamente prohíbe en todo momento, que los patrones o sus representantes realicen actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo, así como permitir o tolerar actos de hostigamiento y/o acoso sexual en el centro de trabajo.

¿Cuál es la sanción para el patrón que realice o permita el hostigamiento laboral?

Al patrón que realice o permita el hostigamiento, se le impondrá una multa, por el equivalente de, 250 a 5000 veces el salario mínimo general, que cometa cualquier acto o conducta discriminatoria en el centro de trabajo; al que realice actos de hostigamiento sexual o que tolere o permita actos de acoso u hostigamiento sexual en contra de sus trabajadores.

Original.

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