{"id":7005,"date":"2013-06-04T14:23:41","date_gmt":"2013-06-04T19:23:41","guid":{"rendered":"http:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/?p=7005"},"modified":"2013-06-04T14:23:41","modified_gmt":"2013-06-04T19:23:41","slug":"el-salvador-mesa-de-personas-con-discapacidad-se-pronuncia-por-5-anos-de-entrada-en-vigencia-de-convencion-onu","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/el-salvador-mesa-de-personas-con-discapacidad-se-pronuncia-por-5-anos-de-entrada-en-vigencia-de-convencion-onu\/","title":{"rendered":"EL SALVADOR: Mesa de Personas con Discapacidad se pronuncia por 5 A\u00f1os de entrada en vigencia de Convenci\u00f3n ONU"},"content":{"rendered":"<div>\n<p>Desde el 3 de mayo de 2008, cada a\u00f1o en una fecha como esta se conmemora tanto en \u00e1mbito nacional como internacionalmente la entrada en vigor de dos valiosos instrumentos de derechos humanos a favor de las personas con discapacidad: la Convenci\u00f3n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo.<\/p>\n<\/div>\n<div>\n<p>Esta fecha, para las organizaciones integrantes de la Mesa Permanente de Personas con Discapacidad de la Procuradur\u00eda para la Defensa de los Derechos Humanos, ha sido siempre motivo de especial celebraci\u00f3n por la trascendencia que ha significado contar con ambos tratados de tutela de sus derechos humanos. Es as\u00ed como, es oportuno profundizar nuestra reflexi\u00f3n respecto de la situaci\u00f3n de los derechos humanos de las personas con discapacidad en El Salvador a la luz de los citados instrumentos jur\u00eddicos internacionales. Por tanto, desde el compromiso de la Mesa Permanente y de la Procuradur\u00eda para la Defensa de los Derechos Humanos de ser vigilantes de la plena vigencia y el respeto irrestricto de los derechos de las personas con discapacidad, realizamos el presente Pronunciamiento P\u00fablico.<\/p>\n<p>Esta Procuradur\u00eda, junto con la Mesa Permanente, nos hemos posicionado continuamente y hemos demandado el cumplimiento efectivo de la Convenci\u00f3n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, porque se trata de un instrumento que es parte de nuestra normativa interna. Por ello, sin dejar de destacar algunos adelantos importantes que como pa\u00eds hemos tenido al respecto, perceptibles en las \u00e1reas de educaci\u00f3n inclusiva, salud y trabajo entre otros; de la misma manera es ineludible se\u00f1alar que han sido m\u00ednimos y que nos indican que todav\u00eda son insuficientes para lograr la plena inclusi\u00f3n de las personas con discapacidad.<\/p>\n<p>En consecuencia, en mi calidad de Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, acompa\u00f1ando el trabajo de la Mesa Permanente de las Personas con Discapacidad, luego del an\u00e1lisis conjunto con las organizaciones que la integran, hemos observado con particular preocupaci\u00f3n algunos aspectos que detallamos a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>En primer lugar hacemos referencia a la reserva hecha por el Estado salvadore\u00f1o a la Convenci\u00f3n, ya que la misma atenta contra el objeto y prop\u00f3sito de la Convenci\u00f3n cuando se dice que se suscribe la Convenci\u00f3n y su Protocolo Facultativo, \u00aben la medida que las disposiciones de la misma no perjudiquen o contravengan lo dispuesto en cualquiera de los preceptos, principios y normas de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica de El Salvador y de manera especial en la parte dogm\u00e1tica de la misma\u00bb. En este sentido nos encontramos frente a una reserva que puede venir a afectar todo el conjunto de derechos humanos y libertades fundamentales que la Convenci\u00f3n busca proteger y garantizar a las personas con discapacidad, por lo que consideramos de gran importancia el levantamiento de tal reserva por parte del Estado.<\/p>\n<p>Retomando el principio de no discriminaci\u00f3n, reflejado en el art\u00edculo 5 de la Convenci\u00f3n -sobre la igualdad y no discriminaci\u00f3n-, reconocemos que el Estado ha realizado algunas iniciativas cuya finalidad es promover la no discriminaci\u00f3n de las personas con discapacidad; sin embargo, pese al reconocimiento constitucional del derecho a la igualdad y a la existencia de leyes especializadas al respecto, la poblaci\u00f3n con discapacidad en El Salvador contin\u00faa sin ejercer plenamente sus derechos humanos. Por tanto, es necesario y urgente promover y potenciar en los distintos sectores de la sociedad el enfoque desde la perspectiva de los derechos humanos y la ruptura de los paradigmas y mitos que lastimosamente a\u00fan persisten y que perpet\u00faan los patrones de discriminaci\u00f3n en perjuicio de las personas con discapacidad y sus familiares.<\/p>\n<p>Sobre el derecho a la accesibilidad, contenido en el art\u00edculo 9 de la Convenci\u00f3n, pese a tener su propia regulaci\u00f3n interna espec\u00edficamente en las Normas T\u00e9cnicas de Accesibilidad, Urban\u00edstica, Transporte y Comunicaci\u00f3n, la misma no se cumple a cabalidad, ya que es evidente y palpable la total discriminaci\u00f3n de la que son v\u00edctimas las personas con discapacidad. Un ejemplo evidente es el servicio de transporte p\u00fablico, ya que las unidades que prestan este servicio p\u00fablico no son accesibles para personas con discapacidad, lo que consecuentemente ante las dificultades de movilizaci\u00f3n se les limita en el ejercicio de sus derechos a la salud, la educaci\u00f3n, a la participaci\u00f3n, entre otros. Aunado a ello, la mayor\u00eda de las oficinas e instalaciones p\u00fablicas como privadas no re\u00fanen las condiciones m\u00e1s adecuadas de accesibilidad; de igual manera no se cumplen las normas en cuanto al uso del espacio p\u00fablico, lo que incluye aceras y estacionamientos, ya que la colocaci\u00f3n de obst\u00e1culos y el estacionamiento de veh\u00edculos que bloquean rampas u obstruyen el paso impiden la plena accesibilidad.<\/p>\n<p>Por otro lado en cuanto al derecho a la educaci\u00f3n, reconocemos los esfuerzos del Estado para el cumplimiento de las disposiciones del art\u00edculo 24 en lo que concierne a la creaci\u00f3n de Escuelas Inclusivas; sin embargo, hemos comprobado que es continua la vulneraci\u00f3n del derecho a la educaci\u00f3n, lamentablemente enfatizando en ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes por parte de autoridades educativas, a quienes se sigue negando la matr\u00edcula escolar por el hecho su discapacidad. Asimismo, las escuelas regulares en el \u00e1rea rural no cuentan con el suficiente personal calificado y capacitado y, adicionado a esto, carecen de la dotaci\u00f3n de materiales did\u00e1cticos y medidas de apoyo espec\u00edficas. En su mayor\u00eda, los centros escolares, tanto en el \u00e1rea rural como urbana, no poseen instalaciones que garanticen la accesibilidad de las personas con discapacidad. Todo ello nos indica que toda pol\u00edtica p\u00fablica para su eficacia requiere de los mecanismos apropiados y del presupuesto suficiente que viabilice su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>Otro de los temas a los que se les debe dar prioridad es el derecho a la salud, que es uno de los derechos humanos fundamentales para asegurar el disfrute de una vida integral, plena y satisfactoria para cada persona, sin importar su condici\u00f3n. En nuestro pa\u00eds se han registrado avances en materia de inversi\u00f3n en salud p\u00fablica; sin embargo, un problema grave como en otros casos es la falta de accesibilidad arquitect\u00f3nica y comunicacional, especialmente para personas sordas en los establecimientos de salud, a ello se suma que generalmente el personal de salud desconoce los derechos de las personas con discapacidad, lo que impide brindar un trato digno; adem\u00e1s no existe un programa espec\u00edfico de salud sexual reproductiva para las personas con discapacidad, y de manera particular, para las personas con discapacidad intelectual. En este sentido la Procuradur\u00eda para la Defensa de los Derechos Humanos, ha insistido en que el abordaje del derecho humano a la salud debe realizarse desde un enfoque inclusivo, atendiendo a los requerimientos y necesidades particulares de hombres y mujeres en las diferentes etapas del ciclo de su vida.<\/p>\n<p>Finalmente, sobre el trabajo y el empleo, regulado en el art\u00edculo 27 de la Convenci\u00f3n, se carece de un programa especializado a nivel nacional y sobre todo efectivo de intermediaci\u00f3n laboral en el Ministerio de Trabajo y Previsi\u00f3n Social, que es la instancia responsable del tema. Es por ello que deben crearse, coordinar o apoyar planes y programas existentes en el \u00e1mbito privado, con el firme prop\u00f3sito de mejorar las habilidades profesionales y la mano de obra calificada de las personas con discapacidad y apostarle a la educaci\u00f3n formal y a los programas de formaci\u00f3n profesional, para incrementar las posibilidades de lograr un empleo digno. Asimismo, a trav\u00e9s de los mecanismos de inspecci\u00f3n laboral, asegurar que una vez empleadas las personas con discapacidad, sus derechos laborales, en un plano de igualdad, sean rigurosamente respetados y garantizados. Del mismo modo, que dicho Ministerio haga efectiva su responsabilidad en cuanto a la vigilancia del fiel cumplimiento de la normativa interna, regulado en la Ley de Equiparaci\u00f3n de Oportunidades para las personas con discapacidad en la que establece la obligatoriedad para todo patrono privado e instituciones del Estado de contratar como m\u00ednimo por cada veinticinco trabajadores y trabajadoras que tenga a su servicio, a una persona con discapacidad.<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-7007 aligncenter\" alt=\"el-salvador\" src=\"http:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-content\/uploads\/2013\/06\/el-salvador.jpg\" width=\"530\" height=\"330\" srcset=\"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-content\/uploads\/2013\/06\/el-salvador.jpg 530w, https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-content\/uploads\/2013\/06\/el-salvador-500x311.jpg 500w, https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-content\/uploads\/2013\/06\/el-salvador-150x93.jpg 150w, https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-content\/uploads\/2013\/06\/el-salvador-300x186.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 530px) 85vw, 530px\" \/><\/p>\n<p>Por todo lo anterior, reiteramos nuestra demanda para que sean atendidos a la brevedad los siguientes aspectos:<br \/>\n1. La pronta creaci\u00f3n, por decreto legislativo, del organismo rector de la pol\u00edtica de Estado -y no s\u00f3lo del \u00d3rgano Ejecutivo- para la atenci\u00f3n a las personas con discapacidad. El cual tenga autonom\u00eda pol\u00edtica y financiera, as\u00ed como que cuente con la participaci\u00f3n activa y representaci\u00f3n de las personas con discapacidad y sus organizaciones.<br \/>\n2. El levantamiento de la Reserva formulada por el Estado salvadore\u00f1o a la Convenci\u00f3n, la cual no es concurrente con el esp\u00edritu humanista de la misma y de progresividad de los derechos de las personas con discapacidad.<br \/>\n3. La designaci\u00f3n de presupuestos espec\u00edficos en los diferentes ministerios, secretar\u00edas de Estado y gobiernos municipales, que permitan realizar acciones para la plena inclusi\u00f3n de las personas con discapacidad.<br \/>\n4. El levantamiento de un censo o registro de personas con discapacidad a nivel nacional, que no se limite a lo cuantitativo, sino que permita la caracterizaci\u00f3n de las personas con discapacidad -condiciones de vida y sus necesidades m\u00e1s urgentes-.<br \/>\n5. La adecuaci\u00f3n del marco constitucional y legal del pa\u00eds, para que sea arm\u00f3nico con el esp\u00edritu de la Convenci\u00f3n, as\u00ed como promover la tem\u00e1tica de discapacidad, basado en el enfoque de derechos humanos.<br \/>\n6. Asegurar el ejercicio del derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad, su estabilidad laboral y el goce equitativo de sus prestaciones laborales.<br \/>\n7. Aprobaci\u00f3n de las reformas a la Ley de Beneficio para la Protecci\u00f3n de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado en lo referente a la salud integral y mejoramiento de las pensiones, que garantizar\u00edan los derechos de las personas con discapacidad a consecuencia del conflicto armado.<br \/>\n8. Realizar acciones destinadas a la prevenci\u00f3n de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, tendientes a la prevenci\u00f3n de discapacidades en los centros de trabajo.<br \/>\n9. Garantizar el acceso a la formaci\u00f3n y habilitaci\u00f3n al trabajo e impulsar programas orientados a la concientizaci\u00f3n social sobre los derechos de las personas con discapacidad.<br \/>\n10. Generar apoyo t\u00e9cnico y unificar esfuerzos para potenciar y fortalecer las organizaciones de y para personas con discapacidad que trabajan el tema de intermediaci\u00f3n o inserci\u00f3n laboral con el fin de aumentar las oportunidades de empleo para las personas con discapacidad<br \/>\n11. Adoptar las medidas necesarias para la efectiva accesibilidad en instituciones p\u00fablicas y privadas; as\u00ed como garantizar un transporte p\u00fablico accesible para todas las personas y erradicar las barreras arquitect\u00f3nicas, comunicacionales, pero principalmente las actitudinales de la sociedad hacia las personas con discapacidad implementando la normativa del dise\u00f1o universal. As\u00ed como impulsar pol\u00edticas para que las personas con discapacidad cuenten con viviendas con condiciones de accesibilidad.<br \/>\n12. Facilitaci\u00f3n para el acceso a tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n para las Personas con Discapacidad.<br \/>\n13. Aumentar la cobertura, adecuar la curr\u00edcula y la infraestructura a las necesidades de las y los estudiantes con discapacidad, para incluirles en el sistema educativo formal. As\u00ed tambi\u00e9n fomentar y divulgar la ense\u00f1anza de la lengua de se\u00f1as salvadore\u00f1a. Ello deriva en la ejecuci\u00f3n plena de la Pol\u00edtica de Educaci\u00f3n Inclusiva y asegura que los Centros Educativos cesen la pr\u00e1ctica de negar el acceso a la educaci\u00f3n a las personas con discapacidad.<br \/>\n14. Asegurar la informaci\u00f3n en sistema braille sobre costos, vencimiento y otra informaci\u00f3n relevante en medicamentos y establecer mecanismos que brinden acceso a informaci\u00f3n sobre salud sexual y reproductiva para las personas con discapacidad, entre otros.<br \/>\n15. Apoyar desde las instancias gubernamentales a deportistas o atletas con discapacidad.<br \/>\n16. Garantizar el ejercicio de los derechos pol\u00edticos de las personas con discapacidad, particularmente el derecho al voto, a fin que las instancias competentes tomen las medidas eficaces para que todos los Centros de votaci\u00f3n tengan las condiciones adecuadas para la plena participaci\u00f3n de personas con discapacidad en los procesos electorales.<br \/>\n17. Que el Estado salvadore\u00f1o designe a la instituci\u00f3n o conjunto de instituciones que se encargaran de la vigilancia o supervisi\u00f3n del cumplimiento de la Convenci\u00f3n.<br \/>\nTodo lo anterior, potenciar\u00e1 positivamente las habilidades de las personas con discapacidad, para que las mismas no sean subestimadas y subvaloradas, haciendo posible que participen en una sociedad libre de discriminaciones.<br \/>\nPor todo lo antes se\u00f1alado, en este primer quinquenio de la entrada en vigor de la Convenci\u00f3n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, hacemos un llamado urgente para atender los aspectos antes expuestos derivados del cumplimiento de la Convenci\u00f3n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a las siguientes autoridades y sectores:<br \/>\na. a. A los titulares de los \u00d3rganos del Estado y dem\u00e1s instituciones de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, incluidos gobiernos municipales, sociedad civil, medios de comunicaci\u00f3n, as\u00ed como a la empresa privada, para que cumplan fielmente y garanticen el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad contenidos en la Convenci\u00f3n y otras normas tanto nacionales como internacionales.<br \/>\na. b. A las organizaciones de y para personas con discapacidad, personas con discapacidad y sus familiares a trabajar conjuntamente, unificando esfuerzos para realizar la contralor\u00eda social de la actuaci\u00f3n del Estado en cuanto al cumplimiento de la Convenci\u00f3n y consecuentemente de los derechos humanos de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones.<\/p>\n<p>FUENTE: Procuradur\u00eda para la Defensa de los Derechos Humanos de El Salvador.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde el 3 de mayo de 2008, cada a\u00f1o en una fecha como esta se conmemora tanto en \u00e1mbito nacional como internacionalmente la entrada en vigor de dos valiosos instrumentos &hellip; <a href=\"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/el-salvador-mesa-de-personas-con-discapacidad-se-pronuncia-por-5-anos-de-entrada-en-vigencia-de-convencion-onu\/\" class=\"more-link\">Leer M\u00e1s<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abEL SALVADOR: Mesa de Personas con Discapacidad se pronuncia por 5 A\u00f1os de entrada en vigencia de Convenci\u00f3n ONU\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":7006,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"image","meta":{"_mi_skip_tracking":false,"_exactmetrics_sitenote_active":false,"_exactmetrics_sitenote_note":"","_exactmetrics_sitenote_category":0},"categories":[164],"tags":[221,87,223,224],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7005"}],"collection":[{"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7005"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7005\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7006"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7005"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7005"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7005"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}