{"id":39402,"date":"2020-06-10T12:19:21","date_gmt":"2020-06-10T17:19:21","guid":{"rendered":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/?p=39402"},"modified":"2020-06-10T12:19:21","modified_gmt":"2020-06-10T17:19:21","slug":"ayuda-o-induccion-al-suicidio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/ayuda-o-induccion-al-suicidio\/","title":{"rendered":"Ayuda o inducci\u00f3n al suicidio"},"content":{"rendered":"<p>Toda persona tiene la libertad y el derecho para disponer, por s\u00ed misma, de su propia vida. Pero, \u00bfqu\u00e9 pasa cuando una persona ayuda o induce a otra al suicidio? El Derecho Penal entra en escena para la protecci\u00f3n de bienes jur\u00eddicos, cobrando relevancia la necesidad de promover la prevenci\u00f3n en favor de la salud mental.<\/p>\n<p><strong>QUITARSE LA VIDA UNO MISMO<\/strong><\/p>\n<p>El suicidio es el acto por el que una persona humana, por s\u00ed misma, se priva voluntariamente de la vida. En el contexto actual se percibe al suicidio como una forma de escape de ciertas condiciones, estados o situaciones graves, dif\u00edciles o cr\u00edticas. La persona que decide suicidarse generalmente lleva a cabo actos para terminar su vida de manera aislada, en solitario, pero existen casos donde la persona que decide privarse de la vida no puede por s\u00ed misma hacerlo, y permite o acude a otros para que la ayuden. Incluso, surgen casos donde personas incitan a otras a suicidarse, por infinidad de razones, sean humanitarias o aparentemente humanitarias.<\/p>\n<p>Como comenta Soledad Barber Burusco, en la adopci\u00f3n de cualquier soluci\u00f3n que se proponga para la determinaci\u00f3n de los l\u00edmites en la participaci\u00f3n en el suicido relacionados con el fin de la vida, entrar\u00e1n o pretender\u00e1n entrar en juego perspectivas \u00e9ticas, religiosas, antropol\u00f3gicas, m\u00e9dicas, ideol\u00f3gicas, fuertes sentimientos, temores difusos, el tab\u00fa que rodea a la muerte, etc.<\/p>\n<p>Por eso no pretendemos aqu\u00ed analizar las causas del suicidio ni las razones por las que una persona quiere o decide quitarse la vida. Entendemos que resultan muy variables los factores, sean por trastornos psicol\u00f3gicos, patol\u00f3gicos, emocionales, sociales, econ\u00f3micos, religiosos, est\u00e9ticos, entre otros muchos, adem\u00e1s de las enfermedades graves o incurables.<\/p>\n<p><strong>DERECHO A VIVIR Y DERECHO A MORIR<\/strong><\/p>\n<p>El Derecho no es ajeno a estos hechos e intenta regular determinados supuestos. Concretamente, el Derecho Penal ronda por el suicidio, pero sin reprimirlo ni sancionarlo en s\u00ed mismo. Es obvio que quien logra privarse de la vida impide cualquier sanci\u00f3n punitiva en su contra. En estos casos no se reprime la conducta por acontecer la autonom\u00eda de la muerte, el suicidio mismo.<\/p>\n<p>Igualmente, si el suicidio no se consuma y queda solo en grado de tentativa, este acto frustrado, por s\u00ed mismo, tampoco se reprime penalmente, pues es est\u00e9ril e ineficaz la sanci\u00f3n en contra del que decidi\u00f3 y quiso privarse de su vida, sin lograrlo. Como bien indica el Maestro Benigno Licea Gonz\u00e1lez, el suicidio no es ni debe ser un delito, ni cuando se consuma ni cuando se frustra la privaci\u00f3n de la vida. La muerte que se causa una persona voluntariamente o las heridas que se infiere a s\u00ed mismo, a manera de lesiones, no constituye delito de homicidio ni delito de lesiones. Toda persona tiene la libertad y el derecho para disponer de su propia vida y cuerpo, por s\u00ed misma.<\/p>\n<p>La libre autodeterminaci\u00f3n de la vida, la vida misma y la libre autodisposici\u00f3n del propio cuerpo se consideran bienes jur\u00eddicos que se mantienen fuera del \u00e1mbito del Derecho Penal. Esto encuentra su justificaci\u00f3n porque, para el Derecho, la vida humana y la integridad personal son bienes jur\u00eddicos disponibles respecto de uno mismo, pues \u201cno existe el deber de vivir contra la propia voluntad\u201d.<\/p>\n<p>Sin embargo, y de manera muy importante, si la privaci\u00f3n de la vida o la generaci\u00f3n de las lesiones son provocadas por causas ajenas, por influencia de otro o por actos externos al propio suicida o lesionado, entonces el Derecho Penal justifica plenamente su aplicaci\u00f3n con el fin de proteger a los bienes jur\u00eddicos: la vida y la integridad personal.<\/p>\n<p><strong>EL DELITO DE AYUDA O INDUCCI\u00d3N AL SUICIDIO<\/strong><\/p>\n<p>N\u00f3tese que el Derecho Penal s\u00ed regula y sanciona penalmente a aquellas personas que \u2018ayudan\u2019 o \u2018inducen\u2019 al suicidio, sea moral, f\u00edsica o cooperativamente. Por ejemplo, en la Ciudad de M\u00e9xico el C\u00f3digo Penal en el art\u00edculo 142 y dem\u00e1s relacionados, en t\u00e9rminos generales se\u00f1ala:<\/p>\n<p>Al que \u2018ayude\u2019 a otro para que se prive de la vida, se le impondr\u00e1 prisi\u00f3n de 1 a 5 a\u00f1os, si el suicidio se consuma. Si el que \u2018ayuda\u2019 presta el auxilio hasta el punto de ejecutar \u00e9l mismo la muerte, la pena aplicable ser\u00e1 de 4 a 10 a\u00f1os de prisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Al que \u2018induzca\u2019 a otro para que se prive de la vida, se le impondr\u00e1 prisi\u00f3n de 3 a 8 a\u00f1os, si el suicidio se consuma.<\/p>\n<p>Si el suicidio \u2018no se consuma por causas ajenas a la voluntad del que ayuda o induce\u2019, pero s\u00ed se causan lesiones, se impondr\u00e1 las dos terceras partes de la pena anterior. Si no se causan lesiones, la pena ser\u00e1 de una cuarta parte de las penas se\u00f1aladas.<\/p>\n<p>Si la persona a quien se ayuda o induce al suicidio fuere menor de edad o no tuviere capacidad de comprender la relevancia de su conducta, se impondr\u00e1n al \u2018homicida ayudante\u2019 o al \u2018homicida inductor\u2019 las penas se\u00f1aladas al homicidio calificado o a las lesiones calificadas. A quien cometa homicidio calificado se le impondr\u00e1 de 20 a 50 a\u00f1os de prisi\u00f3n. El homicidio y las lesiones son calificadas cuando se cometan con ventaja, traici\u00f3n, alevos\u00eda, retribuci\u00f3n, por el medio empleado, sa\u00f1a, en estado de alteraci\u00f3n voluntaria u odio, en t\u00e9rminos del C\u00f3digo Penal.<\/p>\n<p>No obstante, el C\u00f3digo Penal hace una importante precisi\u00f3n al se\u00f1alar que no cometen el delito de ayuda o inducci\u00f3n al suicidio, las conductas realizadas por el personal de Salud para los efectos del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley de Voluntad Anticipada para la Ciudad de M\u00e9xico. Esta ley de orden p\u00fablico e inter\u00e9s social regula, entre otras cuestiones, a la eutanasia, y tiene por objeto establecer y regular las normas, requisitos y formas de realizaci\u00f3n de la voluntad de cualquier persona con capacidad, respecto a la negativa a someterse a medios, tratamientos y\/o procedimientos m\u00e9dicos que pretendan prolongar de manera innecesaria su vida, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona, cuando por razones m\u00e9dicas, fortuitas o de fuerza mayor, sea imposible mantener su vida de manera natural. Esta regulaci\u00f3n debe estar siempre actualiz\u00e1ndose y evalu\u00e1ndose \u00edntegramente por el sistema de Salud.<\/p>\n<p>Las conductas de ayuda e inducci\u00f3n al suicidio, respectivamente, para que sean delictivas deben realizarse dolosamente. Obra dolosamente el que ayuda o induce a otro al suicidio, conociendo los elementos objetivos del hecho de que se trate (privaci\u00f3n de la vida del otro), o previendo como posible el resultado de privarlo de la vida y, aun as\u00ed, quiere o acepte su realizaci\u00f3n. Es decir, el suicidio o privaci\u00f3n de la vida debe tener su causa precisamente en la ayuda o inducci\u00f3n dolosa en favor del suicida, el cual puede estar o no plenamente consciente de \u2018su decisi\u00f3n\u2019 de quitarse la vida.<\/p>\n<p>Atendiendo al Diccionario de la Real Academia Espa\u00f1ola, \u201cayudar\u201d significa prestar cooperaci\u00f3n; auxiliar o socorrer; hacer un esfuerzo, poner los medios para el logro de algo. Por su parte, \u201cinducir\u201d es mover a alguien a algo o darle motivo para ello; provocar o causar algo. As\u00ed, tanto la ayuda o la inducci\u00f3n al suicidio, seg\u00fan sea el caso, deben ser actividades directas y eficaces, como proporcionar los medios para la privaci\u00f3n de la vida consistentes en sustancias, pastillas, venenos, armas, indicaciones concretas sobre \u00e9stas y su uso, promesas, sugerencias, apoyo moral, sentimental o material, etc\u00e9tera.<\/p>\n<p><strong>CUESTIONES DEBATIBLES<\/strong><\/p>\n<p>No resulta sencillo confirmar si existe aumento o frecuencia en las pr\u00e1cticas de la ayuda o inducci\u00f3n al suicidio, sobre todo en los contextos actuales donde la incertidumbre rige lo cotidiano. El fen\u00f3meno suicida es complejo, multifactorial y difuso. La problem\u00e1tica \u2018suicida\u2019 en las diferentes poblaciones adolescentes, escolares, empresariales, sociales y muchos otras, obliga a conjuntar esfuerzos interdisciplinarios de las ciencias y profesiones en favor de la vida y la prevenci\u00f3n de los suicidios.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.forbes.com.mx\/ayuda-o-induccion-al-suicidio\/\">Original.\u00a0<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Toda persona tiene la libertad y el derecho para disponer, por s\u00ed misma, de su propia vida. 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