{"id":36014,"date":"2019-03-27T08:00:43","date_gmt":"2019-03-27T14:00:43","guid":{"rendered":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/?p=36014"},"modified":"2019-03-26T13:01:31","modified_gmt":"2019-03-26T19:01:31","slug":"condenado-un-hospital-por-confundir-sordera-con-autismo-y-dejar-a-un-nino-sin-un-oido","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/condenado-un-hospital-por-confundir-sordera-con-autismo-y-dejar-a-un-nino-sin-un-oido\/","title":{"rendered":"Condenado un hospital por confundir sordera con autismo y dejar a un ni\u00f1o sin un o\u00eddo"},"content":{"rendered":"<p>Un ni\u00f1o de apenas dos a\u00f1os fue operado en 2004 y 2005 de una supuesta sordera \u201ctotal e incurable\u201d que en realidad no exist\u00eda. Lo que el peque\u00f1o sufr\u00eda era un trastorno autista y fue una profesora del colegio p\u00fablico de Ourense en el que estudiaba, especialista en audici\u00f3n y lenguaje, la que lo descubri\u00f3. Desgraciadamente fue demasiado tarde. Las dos intervenciones quir\u00fargicas a las que hab\u00eda sido sometido el cr\u00edo para introducirle un implante le causaron la p\u00e9rdida completa de audici\u00f3n en un o\u00eddo.<\/p>\n<p>Una sentencia divulgada este viernes ha condenado a la Xunta, 15 a\u00f1os despu\u00e9s, a pagarle al menor una indemnizaci\u00f3n de 200.000 euros frente a los 150.000 que determin\u00f3 en primera instancia un juzgado de Ourense el a\u00f1o pasado. En este tiempo la familia acudi\u00f3 a la justicia primero por la v\u00eda penal, pero el caso fue desestimado. \u201cNos encontramos ante un claro supuesto de error de diagn\u00f3stico provocado por una equivocada interpretaci\u00f3n de los resultados de la prueba de potenciales evocados auditivos en su d\u00eda practicada. En definitiva, no se descartaron, como era obligado, otras patolog\u00edas mediante pruebas complementarias de tipo psicol\u00f3gico, neurol\u00f3gico o audiom\u00e9trico\u201d, resuelve ahora el alto tribunal la demanda civil.<\/p>\n<p><a name=\"sumario_1\"><\/a>Fue a los dos a\u00f1os cuando el peque\u00f1o, que hoy tiene 17 a\u00f1os, empez\u00f3 a manifestar \u201ctrastornos de conducta con disminuci\u00f3n de la capacidad de atenci\u00f3n y de relaci\u00f3n con el entorno\u201d. Su pediatra de la sanidad p\u00fablica decidi\u00f3 derivarlo a diferentes especialistas privados de Vigo (otorrinos y logopedas) que, seg\u00fan la sentencia, concluyeron que padec\u00eda una \u201csordera total e incurable\u201d tras realizarle \u201cuna sola prueba de potenciales evocados auditivos\u201d.<\/p>\n<p>En el hospital p\u00fablico de Vigo asumieron sin cuestionarlo el contenido de esos informes m\u00e9dicos privados. Pensando que eran \u201cacertados\u201d y \u201csin agotar los medios de diagn\u00f3stico\u201d, relata el fallo, el Sergas decidi\u00f3 colocar un implante en uno de los o\u00eddos del peque\u00f1o y para ello se lo vaci\u00f3. En el Complejo Hospitalario de Vigo se le practicaron dos intervenciones, en diciembre de 2004 y en febrero de 2005. A finales de 2006, una profesora de su colegio comenz\u00f3 a sospechar que el ni\u00f1o no era sordo.<\/p>\n<p>El Sergas decidi\u00f3 entonces remitir al cr\u00edo a un centro especializado, donde determinaron que era autista. Los magistrados indican en la sentencia que la audici\u00f3n en el o\u00eddo no vaciado era completa, pero en el otro el implante provoc\u00f3 su p\u00e9rdida definitiva. \u201cNo se discute ni la diligencia en el tiempo de la asistencia ni la tecnolog\u00eda aplicada; lo que est\u00e1 en cuesti\u00f3n es el manifiesto error de diagn\u00f3stico respecto de la dolencia que presentaba el menor\u201d, argumenta el tribunal. En 2015, la Consejer\u00eda de Sanidad deneg\u00f3 por silencio administrativo la petici\u00f3n de indemnizaci\u00f3n de la familia, que tuvo que acudir entonces a los tribunales.<\/p>\n<p>La rotunda sentencia del alto tribunal es especialmente dura con los argumentos del letrado . \u00abPor si fuera poco el silencio de la Administraci\u00f3n a la reclamaci\u00f3n deducida por el demandante, no duda en afirmar que la actuaci\u00f3n asistencial del Servicio Gallego de Salud fue de todo punto correcta y adecuada. Y apoya tan sorprendente aserto en el hecho de que la jurisdicci\u00f3n penal, al archivar la denuncia promovida en dicha v\u00eda, consagr\u00f3 la buena praxis cl\u00ednica\u00bb, critican los magistrados. Y a\u00f1aden: \u00abNi es el momento ni es misi\u00f3n de este tribunal explicarle algo tan evidente como la diferencia que existe entre una responsabilidad penal individualizada, una responsabilidad civil, una responsabilidad administrativa e, incluso, una responsabilidad pol\u00edtica\u00bb.<\/p>\n<p>El alto tribunal eleva la compensaci\u00f3n fijada por el juez de primera instancia porque, esgrime, el menor fue sometido a dos intervenciones quir\u00fargicas \u201ccon el sufrimiento que ello conlleva, tiempo de hospitalizaci\u00f3n, inadaptaci\u00f3n al implante y, en definitiva, p\u00e9rdida de la audici\u00f3n de un o\u00eddo sano por su vaciado\u201d. El Tribunal sostiene que al tratarse de un supuesto de mala praxis m\u00e9dico-asistencial es \u201cobvio\u201d que la indemnizaci\u00f3n debe tender \u201ca la \u00edntegra reparaci\u00f3n del da\u00f1o padecido\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/elpais.com\/sociedad\/2019\/03\/22\/actualidad\/1553267097_883195.html\">Original.<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un ni\u00f1o de apenas dos a\u00f1os fue operado en 2004 y 2005 de una supuesta sordera \u201ctotal e incurable\u201d que en realidad no exist\u00eda. Lo que el peque\u00f1o sufr\u00eda era &hellip; <a href=\"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/condenado-un-hospital-por-confundir-sordera-con-autismo-y-dejar-a-un-nino-sin-un-oido\/\" class=\"more-link\">Leer M\u00e1s<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abCondenado un hospital por confundir sordera con autismo y dejar a un ni\u00f1o sin un o\u00eddo\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":36015,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"image","meta":{"_mi_skip_tracking":false,"_exactmetrics_sitenote_active":false,"_exactmetrics_sitenote_note":"","_exactmetrics_sitenote_category":0},"categories":[20,145],"tags":[4607,526],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/36014"}],"collection":[{"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=36014"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/36014\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":36016,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/36014\/revisions\/36016"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/36015"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=36014"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=36014"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/todossomosuno.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=36014"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}