Una jueza ordena que un niño con autismo siga en su aula habitual

Cristian, un niño de seis años con autismo, seguirá yendo a su clase en un colegio público ordinario de Silla, Valencia, y la Generalitat deberá proporcionarle los “apoyos educativos especializados que necesite durante toda la jornada escolar”, según ha decidido el Juzgado de los Contencioso-administrativo número dos de Valencia en una sentencia notificada este miércoles. La magistrada Carina Martí ha aceptado el recurso presentado por los padres de Cristian al considerar que la decisión del Gobierno autonómico de enviarlo a un Centro de Educación Especial vulneraba su derecho a la igualdad.

En el parque que hay frente al Colegio Reyes Católicos de este municipio marcadamente industrial del área metropolitana de Valencia, Cristina Defez, administrativa en paro, y Toni Martínez, obrero en una fábrica de plástico, de 44 años, se emocionan con la decisión, mientas Cristian corre detrás de ellos e intenta subir a un columpio. “A un niño con dificultades de comunicación y lenguaje, si lo segregan, ¿a quién va a copiar y a imitar? Si se les veta y se les considera un problema para el colegio, es muy difícil la inclusión”, dice Defez.

La abogada de los padres, Sandra Casas, no ha encontrado jurisprudencia similar. Lo más parecido es un fallo del Tribunal Supremo de 2017 en el que resolvía que un alumno alternara en el mismo centro un aula ordinaria con otra específica para alumnos con diversidad funcional. La sentencia de Valencia llega después del duro informe del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU contra la política educativa en España, publicado en mayo.

El comité advierte que en el sistema educativo español no existe “un reconocimiento generalizado del modelo de derechos humanos de la discapacidad” y que la inclusión “se entiende entre una gran mayoría de los docentes como un principio, una tendencia o un método pedagógico”. “El comité”, prosigue el informe, “toma nota de la magnitud y la gravedad del impacto de esta falta de acceso a la educación inclusiva a lo largo de la vida de las personas con discapacidad que han sido segregadas”. Y afirma que una consecuencia de encuadrarlas “en un sistema de educación paralelo en centros de educación especial o en aulas especiales dentro de los centros ordinarios” es su “invisibilización” social, que las marca “desde sus primeros años de vida como personas que no pueden lograr [objetivos] como los demás”.

En marzo, la Consejería de Educación comunicó a los padres de Cristian su traslado a un Centro de Educación Especial situado en Sueca, a 30 kilómetros de su domicilio. Ellos se negaron al considerar que dejar el colegio donde había cursado los dos primeros cursos de Infantil y al que también asiste su hermana mayor tendría graves consecuencias para su desarrollo y dificultaría su inclusión. Ante su negativa al traslado, el colegio llegó a recurrir a la policía local para impedir la entrada del menor al colegio. La jueza ordenó que el niño siguiera acudiendo a clase de forma cautelar y ahora lo ha establecido en una sentencia. Contra el fallo cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia valenciano, que la Generalitat no ha decidido si interpondrá.

 

 

 

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