Testamento: cómo tramitar

Testamento

La Secretaría de Gobernación ha convocado a la sociedad en general a tramitar su testamento y así evitar problemas en la familia, determiando a las personas que se harán cargo de los vienes de la persona una vez que esta muera.

Así pues, cada septiembre las oficinas notariales de todos los estados de la república, reciben a cientos de personas en busca de información sobre el testamento, esto debido a que la Secretaría de Gobernación, por órdenes del gobierno federal, otorga descuentos a los interesados en el trámite durante este mes del año.

La campaña inició el pasado lunes 1 de septiembre; sin embargo, el Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong,  anunció la expansión del programa hasta finales del mes de octubre en algunos estados como: Coahuila, Distrito Federal, Hidalgo, Quintana Roo, San Luis Potosí y Veracruz.

Sin embargo, no todo el mundo conoce a detalle en que consiste el proceso de crear un testamento; a continuación te presentamos algunos puntos importantes que te serán de utilidad en el momento en que decidas tramitar este documento

1) Citas

Existen dos tipos de cita en el testamento; la inicial y la de firma.

En la primera, que se recomienda sea presencial, el cliente acude a la notaría para conversar sobre su situación particular, obtiene asesoría sin costo, llena un formulario y, una vez claro el contenido, se procede a la redacción del testamento.

Después, se acuerda una segunda reunión, se da lectura del testamento y se firma; puede transcurrir una o dos semanas entre una y otra cita.

También existen casos urgentes, por ejemplo, cuando la persona se encuentra en grave estado de salud, el trámite se agiliza y se hace prácticamente en una sola sesión, incluso, en muchas ocasiones, el notario redacta ahí mismo el testamento de su puño y letra.

2) Requisitos y documentos necesarios 

Sólo hay  que ser mayor de 16 años y presentar una identificación oficial con fotografía ya sea tu pasaporte, tu cédula profesional o tu licencia de conducir.

Las personas con alguna discapacidad (sordera, ceguera, etcétera), que no puedan, no sepan firmar o no conozcan el idioma español, deberán presentarse con dos testigos, uno que atestigüe propiamente y otro que, además, firme el testamento a su ruego, si es el caso.

3) Testamento, paso a paso

a. Acuda a su notaría más cercana.

b. Le entregarán un formato que deberás llenar con tus datos generales y los siguientes puntos:

  • Heredero o herederos (Si es más de uno necesitas indicar qué porcentaje de su herencia corresponderá a cada parte).
  • Quién será su albacea, es decir, la persona que hará que se cumpla lo que estableció en su testamento. También es quien inicia los trámites notariales para entregar la herencia a las personas que designó.
  • Si tiene hijos menores de edad, necesita nombrar a un tutor, a un sustituto para esa persona, e incluso, a un curador, quien vigilará su actuación con sus hijos y la administración de sus bienes.

c. Entregar el formato lleno más una copia de su identificación oficial con fotografía.

d. Días después se comunicarán con usted de la notaría para avisarle que su testamento está listo, entonces, podrá firmarlo.

e. Una vez firmado, el notario lo lleva al Archivo General de Notarías o al Registro Público de la Propiedad y realiza el aviso del testamento para su integración a la Base de Datos del Sistema Nacional del Registro de Avisos de Testamento.

f. Aproximadamente un mes después, podrá recoger su testamento en original en la notaría que lo tramitó.

 

 

Original. 

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